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La ley vigente permite que las mujeres embarazadas que no desean ejercer la maternidad puedan dar en adopción a sus hijos antes de su nacimiento.
El objetivo primordial de esta legislación es prevenir situaciones de maltrato, abuso y violencia que pueden sufrir los niños no deseados, dado que una madre que no quiere ejercerla podría ser irresponsable. Este proceso les ofrece una salida segura y digna tanto a la madre como al niño.
El proceso de adopción se inicia tan pronto como la madre embarazada manifiesta formalmente su deseo de dar a su hijo en adopción. Una vez expresado este deseo, el niño será asignado a un hogar que ha sido previamente evaluado y aprobado por el Patronato Nacional de la Infancia (PANI).
Los hospitales juegan un papel crucial en este proceso, ya que deben remitir los datos pertinentes al PANI tan pronto como la madre hace esta manifestación para que se pueda comenzar con todas las formalidades del proceso de adopción de manera oportuna.
Adicionalmente, la madre cuenta con un período de 40 días después del nacimiento del niño para ratificar su consentimiento de adopción, asegurándose así de que la decisión se toma con total seguridad y reflexión. Esta normativa busca no solo evitar el abandono y la agresión contra los recién nacidos no deseados, sino también garantizar que estos niños encuentren un hogar adecuado que les brinde el cariño y los cuidados necesarios.
Los procedimientos hospitalarios, junto con el trabajo social y psicológico, garantizan un proceso riguroso y sensible tanto para la madre como para el niño.
El PANI será el responsable de evaluar y asignar los hogares adoptivos, asegurando que cada niño sea colocado en un entorno seguro y adecuadamente preparado para recibirlo.