La ley que obliga a las entidades bancarias a responder por fraudes contra sus clientes ya entró en vigencia en Costa Rica, tras su publicación en el diario oficial La Gaceta. La normativa busca fortalecer la protección del consumidor ante el aumento de estafas electrónicas y transacciones no autorizadas.
El nuevo marco legal establece que los bancos deberán cubrir los daños ocasionados por la sustracción de dinero, incluso cuando no exista culpa directa de la institución. Esto incluye casos como fraudes digitales, transferencias indebidas y otros delitos financieros que afectan a los usuarios.
Además, la ley fija un procedimiento claro para los reclamos: los clientes tendrán un plazo de 30 días para presentar la gestión ante la entidad bancaria y denunciar el caso ante el OIJ, mientras que los bancos deberán resolver en un máximo de 30 días, con opción a una única prórroga.
La iniciativa, impulsada por el diputado del PLN, Óscar Izquierdo, fue aprobada en segundo debate semanas atrás, pese al rechazo de algunas entidades financieras. La normativa se oficializa como la Ley 10.889, que reforma la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor.