La Sala Constitucional Confirma el Reglamento sobre Vapeo en Costa Rica
La Sala Constitucional de Costa Rica ha tomado una decisión que impacta a la industria del vapeo al rechazar un recurso de amparo contra el Reglamento Técnico RTCR 519-2025. Este reglamento, que regula la comercialización de líquidos para vapeo, se mantiene vigente tras la determinación del tribunal, que concluyó que no se comprobó ninguna violación a derechos constitucionales.
Detalles del Reglamento RTCR 519-2025
El RTCR 519-2025 establece una serie de controles necesarios para la regulación de productos de vapeo. El Ministerio de Salud ha informado que estas normas son fundamentales para proteger la salud pública y garantizar la seguridad de los consumidores.
Principales Controles Establecidos
- Prohibición de sabores atractivos para menores: Los productos no podrán contener sabores que puedan atraer a la población joven.
- Limitación de nicotina: Se acepta un máximo de 20 mg/ml de nicotina en los líquidos para vapeo.
- Envases estandarizados: Los envases están restringidos a un tamaño máximo de 10 ml.
Vigilancia Sanitaria y Publicidad
El reglamento incluye también requisitos sobre el etiquetado y la publicidad de los productos, lo que implica una mayor supervisión por parte de las autoridades sanitarias. Esto se traduce en un entorno comercial más controlado y seguro para los consumidores.