Sala Constitucional niega amparo y mantiene RTCR 519-2025 sobre vapeo

La Sala Constitucional de Costa Rica rechazó un amparo contra el Reglamento RTCR 519-2025 sobre el vapeo. La normativa regula la comercialización de líquidos e incluye controles sanitarios, límites de nicotina y restricciones en publicidad.

La Sala Constitucional Confirma el Reglamento sobre Vapeo en Costa Rica


La Sala Constitucional de Costa Rica ha tomado una decisión que impacta a la industria del vapeo al rechazar un recurso de amparo contra el Reglamento Técnico RTCR 519-2025. Este reglamento, que regula la comercialización de líquidos para vapeo, se mantiene vigente tras la determinación del tribunal, que concluyó que no se comprobó ninguna violación a derechos constitucionales.

Detalles del Reglamento RTCR 519-2025


El RTCR 519-2025 establece una serie de controles necesarios para la regulación de productos de vapeo. El Ministerio de Salud ha informado que estas normas son fundamentales para proteger la salud pública y garantizar la seguridad de los consumidores.

Principales Controles Establecidos


  • Prohibición de sabores atractivos para menores: Los productos no podrán contener sabores que puedan atraer a la población joven.
  • Limitación de nicotina: Se acepta un máximo de 20 mg/ml de nicotina en los líquidos para vapeo.
  • Envases estandarizados: Los envases están restringidos a un tamaño máximo de 10 ml.

Vigilancia Sanitaria y Publicidad


El reglamento incluye también requisitos sobre el etiquetado y la publicidad de los productos, lo que implica una mayor supervisión por parte de las autoridades sanitarias. Esto se traduce en un entorno comercial más controlado y seguro para los consumidores.

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